¿Cuándo puedo reclamar frente a la Administración por COVID-19?

GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS • 26 de enero de 2021

Negligencias médicas, material sanitario, falta de asistencia, etc. Principales motivos para reclamar por COVID-19

En tiempos de COVID-19, múltiples son las causas que pueden dar lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración , con motivo de la deficiente gestión de la pandemia global del COVID-19.

Así, el Defensor del Paciente ha publicado un catálogo con los distintos casos de responsabilidad patrimonial de la Administración, cuando el paciente, funcionarios, o sanitarios, hayan recibido una asistencia sanitaria deficiente y negligente, con motivo del COVID-19:

-Abandono en residencias: La responsabilidad, que incluso puede ser penal (omisión del deber de socorro, lesiones, homicidio por imprudencia) surgirá en todos aquellos supuestos en los no se socorra a quien lo necesite, o avise a terceros para que lo hagan.

-Atención incorrecta o infracción de la lex artis: Altas indebidas, error de diagnóstico, tratamiento inadecuado, etc., y podrán reclamar aquellos pacientes que sufran patologías distintas al COVID-19 y que, durante la pandemia , no hayan recibido debida atención médica y, por lo tanto, sufran una evolución negativa de su enfermedad.

-Pacientes que han fallecido esperando un respirador: Podrán reclamar aquellos pacientes que no accedan a la asistencia que precisan como, por ejemplo, por no habérsele derivado a otro centro con más medios, ya fuera a un centro hospitalario de la misma o diferente comunidad autónoma, ya fuera a un centro hospitalario de carácter privado.

-Reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración pública (frente al Ministerio de Sanidad y frente al Servicio de Salud de la comunidad autónoma correspondiente): Dentro de este supuesto estaría la falta de iniciativa del Ministerio de Sanidad y de las Consejerías de Sanidad de las respectivas comunidades autónomas para adoptar medidas contra el COVID-19 (falta de compra de material, imprevisiones, de camas disponibles, UCIs, etc.), a pesar de tener, con antelación suficiente, el ejemplo de Italia y China.

-Ausencia de medidas de protección de los trabajadores: Se incluye la reclamación frente a los empleadores, por los daños y perjuicios sufridos por los trabajadores, funcionarios y militares con exposición de riesgo al COVID-19 (ausencia de EPIS, de material, etc.).

-Reclamaciones frente al INSS, MUFACE, ISFAS, etc., para el reconocimiento como accidente de trabajo de la enfermedad COVID-19, contraída como consecuencia de la prestación laboral de trabajadores, funcionarios y militares con exposición al COVID-19.

-Denegación de la baja laboral a pacientes con factores de riesgo (inmunodeprimidos, con patologías cardiacas o pulmonares), que hayan resultado perjudicados, a consecuencia de dicha denegación.

-Reclamaciones contra empresas funerarias, por incumplimiento contractual y prestación defectuosa de sus servicios, como podrían ser los errores de identificación de fallecidos, retrasos indebidos, o abusos en el cobro de servicios funerarios.

-Falta de información sobre el diagnóstico, tratamiento, riesgos, alternativas y pronóstico de la enfermedad, en los supuestos en los que exista posibilidad de trasladarla a los pacientes y familiares.


📞+ 34 615 071 074

📭 jorge@gonzalezluna.es



L
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 24 de agosto de 2025
Obtención de la nacionalidad española para descendientes de españoles nacidos en el extranjero que hayan tenido que emigrar por motivos políticos.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 7 de agosto de 2025
Requisitos y condiciones para que el juzgado pueda conceder la suspensión de la ejecución de una pena privativa de libertad impuesta.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 24 de julio de 2025
En muchas zonas rurales y semiurbanas, la delimitación precisa de los linderos entre fincas sigue siendo una fuente recurrente de conflictos . La Ley 13/2015 , que reformó profundamente la Ley Hipotecaria, introdujo mecanismos para incorporar la representación gráfica georreferenciada alternativa (RGGA) de las fincas registrales y con ello, mejorar la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario. Uno de estos mecanismos es el procedimiento notarial de deslinde entre fincas colindantes (art. 200 LH) , mediante el cual un propietario puede promover la delimitación formal de su finca ante notario, con el fin de lograr su inscripción registral actualizada, siempre que no haya controversia. Sin embargo, ¿qué ocurre si un colindante se opone? ¿Tiene valor absoluto su negativa? ¿Puede impedir por sí sola la inscripción en el Registro de la Propiedad? Oposición del colindante: ¿obstáculo insalvable? La reciente doctrina de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la práctica registral vienen interpretando que la oposición de un colindante no impide automáticamente la inscripción, siempre que no vaya acompañada de argumentos técnicos o jurídicos sólidos que acrediten la existencia de una controversia real sobre el lindero. La simple manifestación de disconformidad, sin plano alternativo, informe técnico contradictorio o indicios objetivos de invasión, no constituye por sí sola una "contienda jurídica" que justifique el rechazo de la inscripción. Así lo recuerda, entre otras, la Resolución de la DGSJFP de 21 de enero de 2022, que exige que la oposición del colindante tenga “contenido jurídico y técnico suficiente” y no se limite a “una mera negativa genérica”. ¿Qué puede hacer el promovente si recibe calificación negativa? En caso de calificación registral negativa por oposición del colindante, el promovente puede: Impugnar la calificación registral mediante recurso gubernativo ante la DGSJFP, si considera que la oposición es infundada y no hay invasión. Intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con el colindante , mediante la vía de la mediación, conciliación o negociación asistida. Ejercitar acción judicial de deslinde , conforme al artículo 384 del Código Civil y 206 de la Ley Hipotecaria. La reciente Ley Orgánica 1/2025, de 7 de febrero, que refuerza los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) , impone en muchos casos el intento previo de solución extrajudicial como requisito de procedibilidad para acudir a juicio. En materia de conflictos vecinales y colindancias, este presupuesto cobra especial relevancia. Recomendación práctica Antes de acudir a un procedimiento judicial, es recomendable enviar una comunicación formal (burofax) al colindante, ofreciendo una reunión técnica o extrajudicial, detallando los motivos por los que se considera correcta la delimitación, y dando oportunidad al acuerdo. Este paso no solo puede evitar el litigio, sino que permite documentar la voluntad de resolver el conflicto conforme al marco legal vigente. 📞 +34 615 071 074 📭 jorge@gonzalezluna.es
Edificación fuera de ordenación en suelo protegido.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 9 de julio de 2025
En muchos municipios de la costa andaluza, especialmente en zonas como Almuñécar, Nerja o la Axarquía malagueña, existen edificaciones antiguas ubicadas en suelo no urbanizable o incluso dentro de espacios protegidos como parques naturales o parajes declarados de interés ambiental.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 12 de junio de 2025
¿Se está cumpliendo la normativa sobre ocupación y espacios libres por los bares y restaurantes cuando colocan sus mesas y sillas en las terrazas?
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 26 de mayo de 2025
Posibilidad de suspender un lanzamiento o un desahucio, alegando causas de vulnerabilidad, de exclusión social e insuficiencia acreditada de recursos económicos por parte del ejecutado.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 17 de mayo de 2025
Si has sido multado por usar el móvil al volante, conoce si merece la pena recurrir tu multa.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 8 de mayo de 2025
¿Se puede limitar temporalmente el uso de la vivienda familiar en el caso de que uno de los hijos sea discapacitado?
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 15 de abril de 2025
Caso de éxito: otro cliente del despacho se ha liberado de todas sus deudas declaradas conforme al procedimiento de segunda oportunidad.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 23 de marzo de 2025
Posibilidad de reconocer una incapacidad permanente antes del dictamen médico si hay constancia de que las lesiones eran irreversibles e invalidantes.
Show More