Nuevo Decreto de alquileres y desahucios. En qué te afecta.

GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS • 6 de marzo de 2019

Se crea una nueva regulación de los alquileres y desahucios.

Hoy ha entrado en vigor el nuevo Decreto sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler . Veamos cuáles son los aspectos más relevantes y en qué afecta al casero y al inquilino:

En primer lugar, la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes, pero, si la duración fuera inferior a 5 años, una vez que llegue el día del vencimiento del contrato, el alquiler se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que alcance una duración mínima de 5 años (o 7 años, en caso de arrendadores personas jurídicas), excepto si el inquilino manifiesta su voluntad de no renovarlo, con una antelación de 30 días.

Asimismo, transcurridos como mínimo 5 años, se establece una nueva prórroga del contrato por plazos anuales, hasta un máximo de 3 años más, cuando ni el arrendador notifica al arrendatario con 4 meses de antelación, ni el arrendatario lo notifica al arrendador con 2 meses de antelación, su voluntad de no renovar el contrato.

Por otro lado, en caso de venta de la vivienda arrendada , el comprador deberá asumir el alquiler que estuviera vigente durante un plazo de 5 años, pero si la duración pactada del alquiler es superior a esos 5 años, el comprador queda vinculado con el arrendamiento por toda la duración que se hubiera acordado en el contrato.

En cuanto a la actualización de la renta, se fija como límite el del IPC, si bien las partes podrán pactar la manera en que la renta tenga que actualizarse anualmente.

Por último, se fija como fianza obligatoria la de una mensualidad de renta (arrendamiento de viviendas) y la de dos mensualidades de renta en los alquileres para uso distinto del de vivienda (locales comerciales, por ejemplo), sin que haya que actualizarla durante los 5 primeros años.

Asimismo, el Decreto introduce una serie de novedades en materia de desahucios donde, además de algunas cuestiones sobre práctica procesal ante Tribunales, la principal novedad que introduce este Decreto es que, en caso de demanda de desahucio contra el inquilino por falta de pago de rentas, se ha de señalar por el Juzgado un día y hora para proceder al lanzamiento del inquilino, sin que quepa uno “abierto”, como hasta ahora era práctica habitual de los Juzgados.

Igualmente, el inquilino podrá acudir a los servicios sociales en caso de desahucio, para que éstos puedan apreciar una posible situación de vulnerabilidad y, en caso de existir tal situación, se notificará al órgano judicial para que suspenda el proceso durante un mes y se adopten las medidas que aconsejen los servicios sociales. Adoptadas las medidas, continuará el procedimiento de desahucio.

Si eres inquilino o propietario, y tienes alguna duda sobre tus obligaciones y derechos en materia de alquileres, en “GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS” , como expertos en Derecho Inmobiliario , podemos ayudarte ( jorge@gonzalezluna.es ) (telf..: + 34 615 071 074).


L
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 24 de agosto de 2025
Obtención de la nacionalidad española para descendientes de españoles nacidos en el extranjero que hayan tenido que emigrar por motivos políticos.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 7 de agosto de 2025
Requisitos y condiciones para que el juzgado pueda conceder la suspensión de la ejecución de una pena privativa de libertad impuesta.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 24 de julio de 2025
En muchas zonas rurales y semiurbanas, la delimitación precisa de los linderos entre fincas sigue siendo una fuente recurrente de conflictos . La Ley 13/2015 , que reformó profundamente la Ley Hipotecaria, introdujo mecanismos para incorporar la representación gráfica georreferenciada alternativa (RGGA) de las fincas registrales y con ello, mejorar la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario. Uno de estos mecanismos es el procedimiento notarial de deslinde entre fincas colindantes (art. 200 LH) , mediante el cual un propietario puede promover la delimitación formal de su finca ante notario, con el fin de lograr su inscripción registral actualizada, siempre que no haya controversia. Sin embargo, ¿qué ocurre si un colindante se opone? ¿Tiene valor absoluto su negativa? ¿Puede impedir por sí sola la inscripción en el Registro de la Propiedad? Oposición del colindante: ¿obstáculo insalvable? La reciente doctrina de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y la práctica registral vienen interpretando que la oposición de un colindante no impide automáticamente la inscripción, siempre que no vaya acompañada de argumentos técnicos o jurídicos sólidos que acrediten la existencia de una controversia real sobre el lindero. La simple manifestación de disconformidad, sin plano alternativo, informe técnico contradictorio o indicios objetivos de invasión, no constituye por sí sola una "contienda jurídica" que justifique el rechazo de la inscripción. Así lo recuerda, entre otras, la Resolución de la DGSJFP de 21 de enero de 2022, que exige que la oposición del colindante tenga “contenido jurídico y técnico suficiente” y no se limite a “una mera negativa genérica”. ¿Qué puede hacer el promovente si recibe calificación negativa? En caso de calificación registral negativa por oposición del colindante, el promovente puede: Impugnar la calificación registral mediante recurso gubernativo ante la DGSJFP, si considera que la oposición es infundada y no hay invasión. Intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con el colindante , mediante la vía de la mediación, conciliación o negociación asistida. Ejercitar acción judicial de deslinde , conforme al artículo 384 del Código Civil y 206 de la Ley Hipotecaria. La reciente Ley Orgánica 1/2025, de 7 de febrero, que refuerza los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) , impone en muchos casos el intento previo de solución extrajudicial como requisito de procedibilidad para acudir a juicio. En materia de conflictos vecinales y colindancias, este presupuesto cobra especial relevancia. Recomendación práctica Antes de acudir a un procedimiento judicial, es recomendable enviar una comunicación formal (burofax) al colindante, ofreciendo una reunión técnica o extrajudicial, detallando los motivos por los que se considera correcta la delimitación, y dando oportunidad al acuerdo. Este paso no solo puede evitar el litigio, sino que permite documentar la voluntad de resolver el conflicto conforme al marco legal vigente. 📞 +34 615 071 074 📭 jorge@gonzalezluna.es
Edificación fuera de ordenación en suelo protegido.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 9 de julio de 2025
En muchos municipios de la costa andaluza, especialmente en zonas como Almuñécar, Nerja o la Axarquía malagueña, existen edificaciones antiguas ubicadas en suelo no urbanizable o incluso dentro de espacios protegidos como parques naturales o parajes declarados de interés ambiental.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 12 de junio de 2025
¿Se está cumpliendo la normativa sobre ocupación y espacios libres por los bares y restaurantes cuando colocan sus mesas y sillas en las terrazas?
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 26 de mayo de 2025
Posibilidad de suspender un lanzamiento o un desahucio, alegando causas de vulnerabilidad, de exclusión social e insuficiencia acreditada de recursos económicos por parte del ejecutado.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 17 de mayo de 2025
Si has sido multado por usar el móvil al volante, conoce si merece la pena recurrir tu multa.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 8 de mayo de 2025
¿Se puede limitar temporalmente el uso de la vivienda familiar en el caso de que uno de los hijos sea discapacitado?
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 15 de abril de 2025
Caso de éxito: otro cliente del despacho se ha liberado de todas sus deudas declaradas conforme al procedimiento de segunda oportunidad.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 23 de marzo de 2025
Posibilidad de reconocer una incapacidad permanente antes del dictamen médico si hay constancia de que las lesiones eran irreversibles e invalidantes.
Show More