El Tribunal Supremo aclara los límites de la exoneración de deudas en la Ley de Segunda Oportunidad

GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS • 16 de septiembre de 2026

Más beneficiosa para el deudor "de buena fe": se extiende a la totalidad de créditos "subordinados".

El Tribunal Supremo ha dictado en febrero de 2026 varias sentencias que precisan de forma relevante el alcance de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) en los procedimientos de segunda oportunidad o de concursos de acreedores de persona física, especialmente respecto de las deudas de Derecho público. Entre ellas destaca la STS 260/2026, de 18 de febrero, que interpreta el artículo 489.1.5.º del Texto Refundido de la Ley Concursal.


La nueva doctrina permite diferenciar varias situaciones:


1. Créditos públicos subordinados: exoneración íntegra


Una de las principales novedades es que los créditos de Derecho público que tengan la consideración de subordinados sí pueden ser exonerados íntegramente. El Tribunal Supremo considera que el privilegio del crédito público encuentra justificación respecto de los créditos privilegiados y ordinarios, pero no frente a aquellos que, por su propia clasificación concursal, ocupan una posición subordinada.



2. Créditos públicos ordinarios y privilegiados: límite de 10.000 € por acreedor


Para el resto del crédito público se mantiene una exoneración limitada: los primeros 5.000 € se exoneran íntegramentey, a partir de esa cantidad, se exonera el 50 %, hasta alcanzar un máximo de 10.000 € por cada acreedor público.


Esto significa que el límite no se calcula conjuntamente sobre toda la deuda pública, sino individualmente respecto de cada Administración o acreedor público.



3. No se limita únicamente a Hacienda y Seguridad Social


El Tribunal Supremo interpreta que este régimen alcanza a todo crédito de Derecho público, con independencia de la Administración encargada de su recaudación. Por tanto, también puede resultar aplicable a créditos de Administraciones autonómicas, provinciales o municipales.



4. Un ejemplo realista


Una persona con 55.000 € de deuda con Hacienda, de los cuales 34.000 € fueran subordinados, podría alcanzar una exoneración aproximada de 44.000 €, al poder sumarse la exoneración íntegra del crédito subordinado a la correspondiente al resto del crédito.

La misma lógica puede aplicarse a la Seguridad Social y al resto de Administraciones Públicas.


La conclusión es clara: para conocer cuánto puede exonerarse realmente, no basta con saber cuánto se debe a Hacienda, Seguridad Social o un Ayuntamiento. Es imprescindible analizar la clasificación concursal de cada crédito.


La correcta revisión del crédito público puede suponer, en determinados casos, miles de euros adicionales de deuda que pueden quedar definitivamente exonerados.



5. Derivaciones de responsabilidad


La existencia de una derivación de responsabilidad tampoco determina automáticamente la pérdida del derecho a la exoneración. El Supremo distingue la mera derivación —que no tiene naturaleza sancionadora— de aquellos supuestos en los que quede acreditada una conducta fraudulenta equiparable a una infracción muy grave.



6. Sanciones muy graves


Por el contrario, determinadas sanciones tributarias o de Seguridad Social calificadas como muy graves pueden quedar excluidas de la exoneración, al estar vinculadas a conductas fraudulentas o especialmente graves.


En definitiva, la doctrina del Tribunal Supremo de febrero de 2026 obliga a analizar la naturaleza y clasificación concreta de cada crédito público, y no simplemente el importe global de la deuda. Además, la resolución judicial que conceda la exoneración debe identificar expresamente qué créditos quedan exonerados y en qué cuantía.


Una cuestión especialmente relevante para cualquier procedimiento de Segunda Oportunidad: la correcta clasificación concursal de las deudas puede determinar miles de euros adicionales de exoneración.



📞 +34 615 071 074

📭 jorge@gonzalezluna.es



Conflicto entre socios de una sociedad mercantil desean abandonar la sociedad.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 2 de septiembre de 2026
El derecho de separación permite al socio salir de una S.L. en determinados supuestos legales o estatutarios, obteniendo el valor de sus participaciones.
Una copropiedad que desea ser usada por todos los comuneros.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 22 de agosto de 2026
Todo comunero tiene derecho a usar el bien o la cosa común, pero sin excluir a los demás ni perjudicar sus derechos. El uso exclusivo puede generar reclamaciones.
Padres discutiendo porque uno quiere llevarse a su hijo a otra provincia y el otro no quiere.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 16 de agosto de 2026
¿Quieres trasladarte con tu hijo a otra provincia y el otro progenitor se opone? Te explicamos cuándo puedes solicitar la autorización judicial al juzgado.
En una terraza de una comunidad se instalan placas solares.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 8 de julio de 2026
¿Puede tu comunidad obligarte a retirar unas placas solares? No siempre. La legalidad dependerá de los estatutos, Ley de Propiedad Horizontal y cada caso concreto.
Un trabajador ha sufrido un accidente de trabajo mientras trababa en su empresa.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 11 de junio de 2026
¿Has sufrido un accidente de trabajo o enfermedad común? La diferencia puede afectar a tu baja, prestación, asistencia médica y futuros derechos de Seguridad Social.
Partición y adjudicación ante notario español de herencia de un español fallecido en el extranjero.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 7 de junio de 2026
Tramitación ante notario español de herencia de español fallecido en el extranjero. Determinación de la ley aplicable y de los bienes y deudas del fallecido.
Un inmueble con es donado por los padres a su hijo menor de edad.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 7 de junio de 2026
¿Quiere donar una vivienda a su hijo menor de edad? En muchos casos será necesaria autorización judicial previa, incluso si el inmueble está en el extranjero.
Comprador sufre una avería en un coche de segunda mano comprado.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 15 de mayo de 2026
¿Compraste un coche de segunda mano con averías? Descubre cuándo puedes reclamar, resolver el contrato y recuperar tu dinero. Te orientamos sobre cómo reclamar.
Mazo judicial sobre libro y balanza de la justicia, con texto sobre prueba de cargo.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 30 de abril de 2026
La declaración de la víctima puede ser prueba suficiente si cumple criterios de credibilidad, persistencia y ausencia de contradicciones según la jurisprudencia.
Moho por humedad en vivienda alquilada; inquilino impide reparar y agrava daños y riesgos legales.
Por GONZÁLEZ LUNA ABOGADOS 12 de abril de 2026
Inquilino impide reparar avería que causa daños. El propietario debe actuar con diligencia y puede acudir a medidas urgentes, para evitar responsabilidades.
Show More